Ordenanza, prohibición de alimentar a animales callejeros.



Pues en mi opinión pienso que  esto es una gran tonteria
ya que si un animal tiene hambre o sed y yo tengo comida le voy a dar este
prohibido o no ya que es un animal y tambien comen sufren beben y cagan.


No es posible que alimentar a los gatos callejeros siga considerándose un delito en la ciudad. Si le das de comer a un humano hambriento ¿por qué no darle de comer y beber a un animal que no puede buscarse el sustento? ¿Cuál es la diferencia? Ambos tienen hambre y es una necesidad básica. La prohibición de darles de comer se puede considerar maltrato animal. Por lo tanto, no se puede concebir que un gobierno como el actual no hubiera derogado ya esa ordenanza que viene de gobiernos más oscuros y poco amigables con los animales.


<<La junta de gobierno del Ayuntamiento de Almería ha aprobado este martes la nueva ordenanza municipal sobre tenencia de animales de compañía y animales potencialmente peligrosos, un texto que deberá ahora elevarse a pleno para su aprobación inicial antes de someterse a exposición pública durante 30 días que señala en su articulado la limitación a cinco perros o gatos en una vivienda que no cuente con una autorización especial.>>








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